Decreto 768 de 2025: Qué Cambia para las Copropiedades en Colombia

📅 Publicado: 12 de marzo de 2026 ⏱️ Lectura: 15 minutos ✍️ Por: Castro & Torres Abogados

El Decreto 768 de 2025, expedido el 7 de julio de 2025 con vigencia inmediata, representa un cambio normativo fundamental en la regulación de la propiedad horizontal en Colombia. Este decreto reglamentario, que complementa la Ley 675 de 2001 y regula aspectos específicos de la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana) en contextos de propiedad horizontal, introduce nuevas obligaciones para administradores y copropietarios, fortalece las competencias de las autoridades de policía en estos espacios, y establece un nuevo marco de convivencia que todos deben conocer e implementar.

Si su copropiedad aún no ha adaptado sus procesos y reglamentos a estas nuevas disposiciones, está en riesgo de incumplimiento normativo. En este artículo, analizamos cada aspecto clave del decreto y le ofrecemos una hoja de ruta práctica para su cumplimiento.

¿Qué es el Decreto 768 de 2025?

Contexto normativo y razones de su expedición

Durante años, las copropiedades en Colombia operaban en un espacio normativo fragmentado. La Ley 675 de 2001 establecía el régimen de propiedad horizontal, mientras que la Ley 1801 de 2016 (Código de Convivencia) se aplicaba a nivel general. Sin embargo, existían vacíos sobre cómo estas dos normas interactuaban en el contexto específico de los condominios.

El Decreto 768 de 2025 fue expedido para llenar precisamente esa brecha. Su propósito es establecer puentes claros entre el régimen de propiedad horizontal (Ley 675) y el sistema de convivencia ciudadana (Ley 1801), definiendo competencias, procedimientos y obligaciones que antes eran ambiguas.

Naturaleza jurídica y vigencia

El Decreto 768 es una norma reglamentaria, no una ley. Esto significa que tiene menor jerarquía que las leyes pero mayor que las resoluciones. Su característica más importante: entra en vigor sin período de transición. No hay plazo de adaptación. Desde el 7 de julio de 2025, todas las disposiciones son plenamente exigibles.

Esta entrada en vigor inmediata ha generado desafíos para muchas copropiedades que no contaban con reglamentos actualizados o con procedimientos alineados a los nuevos estándares.

Principales cambios que introduce el Decreto 768

1. Fortalecimiento de competencias de autoridades de policía

Quizá el cambio más significativo del decreto es la expansión de las competencias de los inspectores de policía y alcaldes en asuntos de propiedad horizontal.

Antes del decreto, muchas copropiedades no sabían exactamente cuándo podían solicitar intervención de autoridades de policía. El Decreto 768 aclara que:

Esto significa que los administradores y juntas directivas ahora tienen herramientas más potentes para enfrentar comportamientos que violen el reglamento, pero también están sujetos a mayor supervisión estatal.

2. Nuevas obligaciones para administradores

El Decreto 768 impone varias obligaciones nuevas a los administradores de copropiedades:

3. Regulación de privacidad y uso de pruebas

Un aspecto delicado que el decreto aborda es el uso de sistemas de vigilancia (cámaras, audios) en espacios comunes. El Decreto 768:

Esta regulación es fundamental para los administradores que desean implementar sistemas de seguridad sin incurrir en violaciones de privacidad.

4. Tenencia responsable de mascotas

El decreto dedica atención especial a la regulación de mascotas en copropiedades. Estable que:

5. Actividades económicas en zonas comunes

Con el auge del home office y plataformas como Airbnb, muchas copropiedades enfrentaban conflictos por actividades económicas. El Decreto 768 establece que:

6. Acceso a documentos de la copropiedad

El decreto clarifica el derecho de acceso a documentos. Establece que:

Impacto en la gestión de cartera morosa

Para firmas como Castro & Torres Abogados, que se especializan en cobro de expensas en copropiedades, el Decreto 768 introduce tanto oportunidades como restricciones.

Nuevas herramientas para administradores

El decreto fortalece la posición de administradores frente a morosos al:

Restricciones que aplican a morosos

El Decreto 768 reafirma y refuerza la capacidad de restringir derechos de los morosos:

Articulación con procesos judiciales

El decreto complementa, pero no reemplaza, los procesos judiciales de cobro. Esto significa:

Obligación de actualizar el reglamento de propiedad horizontal

Uno de los mandatos más urgentes del Decreto 768 es que todas las copropiedades deben actualizar sus reglamentos de propiedad horizontal antes del 31 de diciembre de 2025 (o en la próxima asamblea ordinaria), para alinearse con las nuevas disposiciones.

¿Qué debe modificarse en el reglamento?

El reglamento actualizado debe incluir explícitamente:

Puntos que DEBEN estar en la convocatoria de asamblea 2026

Si su asamblea ordinaria se realiza en 2026, la convocatoria debe incluir necesariamente un punto sobre reformas al reglamento. La propuesta debe:

Proceso de reforma del reglamento

La reforma de un reglamento de PH sigue estos pasos:

  1. Decisión en asamblea ordinaria o extraordinaria: requiere quórum de la mitad más uno de los copropietarios y mayoría de votos.
  2. Redacción del nuevo reglamento: el nuevo texto debe ser presentado a los copropietarios.
  3. Otorgamiento de escritura pública: el reglamento modificado debe constar en escritura pública ante notario.
  4. Registro: debe registrarse en el Folio de Matrícula Inmobiliaria del edificio.

Consecuencias de no actualizar

Una copropiedad que no actualice su reglamento en 2026 enfrenta riesgos serios:

Rol reforzado de las autoridades de policía

El Decreto 768 transforma a los inspectores de policía e inspectores de convivencia de figuras marginales en actores clave de la gestión de copropiedades.

Competencias del inspector de policía

Un inspector de policía ahora puede:

Competencias del alcalde

El alcalde tiene competencias superiores y puede:

¿Cuándo puede intervenir la policía?

La intervención de autoridades no es automática. Se requiere que exista un hecho que constituya contravención conforme a:

La simple violación de un reglamento sin consecuencias hacia terceros normalmente no merece intervención policial, pero sí procedimiento sancionatorio interno.

Errores frecuentes en la implementación

Después de 8 meses del Decreto 768, hemos identificado errores recurrentes que cometen administradores y juntas directivas al intentar cumplir:

Error 1: No socializar el decreto con los copropietarios

Muchos administradores leen el decreto, aplican sus disposiciones internamente, pero no informan a los propietarios. Resultado: conflictos cuando se implementan cambios no explicados. Acción correctiva: hacer una presentación clara en próxima asamblea, distribuir resúmenes, estar preparado para preguntas.

Error 2: Aplicar el decreto sin actualizar el reglamento primero

Intentar restringir derechos de propietarios (ej.: exclusión de asambleas, restricción de mascotas) basándose únicamente en el decreto, sin que el reglamento lo ampare. Acción correctiva: priorizar la reforma del reglamento.

Error 3: Confundir competencias del comité de convivencia con autoridades de policía

No todos los conflictos deben ir a policía. El comité de convivencia (si existe) sigue siendo un espacio para mediación. Acción correctiva: establecer un flujo claro: primero intentar arreglo en comité de convivencia; si falla, escalar a inspector de policía.

Error 4: No documentar adecuadamente las decisiones

Decisiones de asamblea sobre nuevas disposiciones deben quedar en acta. Medidas correctivas aplicadas deben registrarse. Acción correctiva: mantener registro escrito de todas las decisiones y su fundamento normativo.

Error 5: Aplicar la ley de forma retroactiva

No se pueden sancionar hechos ocurridos antes del 7 de julio de 2025 basándose en nuevas disposiciones del decreto. Acción correctiva: establecer claramente fecha de entrada en vigor para nuevas restricciones.

Checklist: Pasos para cumplir con el Decreto 768

Lista de acciones concretas para su administrador y junta directiva:

  1. Revisar el reglamento actual: identifique qué cláusulas son incompatibles o están ausentes respecto a Decreto 768.
  2. Redactar propuesta de reforma: trabaje con abogado especializado en PH para asegurar conformidad legal.
  3. Preparar explicación para copropietarios: cree documento resumido de cambios y su justificación.
  4. Convocar asamblea extraordinaria (si es urgente): presente propuesta de reforma. Debe aprobarse antes de fin de 2025.
  5. Otorgar escritura pública: una vez aprobada, formalice el nuevo reglamento ante notario.
  6. Registrar nuevo reglamento: entregue copia ante la ORCAD (Oficina de Registro de Copropiedades y Asociaciones de Propiedad Horizontal).
  7. Notificar a copropietarios: distribuya copia del nuevo reglamento, con aclaración de vigencia.
  8. Capacitar personal administrativo: asegúrese de que la administración entienda y aplique correctamente nuevas disposiciones.
  9. Establecer canal de reporte a policía: defina procedimiento para reportar a inspector de policía cuando sea necesario.
  10. Revisar sistemas de vigilancia: si existen cámaras, asegúrese de que cumplan con restricciones de privacidad del decreto.

Preguntas Frecuentes sobre Decreto 768

¿Puedo usar cámaras de vigilancia en mi copropiedad conforme al Decreto 768?

Sí, pero con restricciones. El Decreto 768 permite cámaras en espacios comunes (pasillos, ascensores, entrada, parqueadero) para propósitos de seguridad. Sin embargo, están prohibidas en áreas privadas y semicomunes (ni siquiera enfocando desde afuera hacia adentro de una unidad). Tampoco se permite grabación de audio en espacios comunes, excepto en casos específicos autorizados expresamente por asamblea. Importante: el reglamento actualizado debe especificar dónde hay cámaras y qué se hace con las grabaciones.

¿Puede el administrador expulsar a un propietario de una asamblea si está en mora?

Sí, pero solo bajo condiciones específicas. Conforme a la Ley 675 (reafirmado por Decreto 768), un propietario que esté en mora de más de 60 días en expensas comunes puede ser excluido de participación en asambleas. Sin embargo, esta exclusión debe constar en el reglamento, debe notificarse al propietario previamente, y debe aplicarse de forma consistente. No es una decisión discrecional del administrador.

¿Qué pasa si mi copropiedad no actualiza el reglamento antes de fin de 2025?

Aunque el Decreto 768 no fija una sanción explícita por no actualizar el reglamento, la omisión genera riesgos legales importantes: copropietarios pueden cuestionar validez de decisiones, autoridades pueden sancionar al administrador, y procesos internos pueden ser declarados nulos. Lo más prudente es actualizar en 2026, en la próxima asamblea ordinaria. El decreto está vigente ahora, así que mientras más pronto se adecúe el reglamento, mejor.

¿Puedo rentar mi apartamento por Airbnb conforme al Decreto 768?

El Decreto 768 permite actividades económicas desde unidades privadas, incluyendo la renta por temporadas (Airbnb), siempre que no afecten la convivencia de otros residentes. Sin embargo, la asamblea de copropietarios puede establecer limitaciones, por ejemplo: máximo de ocupantes simultáneos, período mínimo de renta, prohibición completa si considera que genera conflictos. Consulte su reglamento actualizado y, si hay duda, solicite autorización en asamblea.

¿A quién debo reportar si un vecino viola el Código de Convivencia en la copropiedad?

Conforme al Decreto 768, primero intente resolución interna a través del comité de convivencia (si existe) o administrador. Si el conflicto persiste y constituye una contravención del Código de Convivencia (ruido molesto, drogas, violencia), puede reportar al inspector de policía del sector. El inspector puede imponer medidas correctivas. Si el conflicto es muy grave, también puede activar denuncias ante fiscalía si hay delito.

Implementación práctica para administradores

Más allá de la teoría, el Decreto 768 exige cambios operacionales concretos. Aquí está lo que debe hacer de inmediato:

Fase 1: Diagnóstico (Mes 1)

Revise el reglamento actual punto por punto comparándolo con Decreto 768. Documente:

Fase 2: Preparación (Mes 2-3)

Trabajando con un abogado especializado, redacte el nuevo reglamento. Simultáneamente:

Fase 3: Aprobación (Mes 4-5)

En asamblea, presente propuesta. Debate abierto. Vote. Una vez aprobada:

Fase 4: Implementación (Mes 6+)

Nuevo reglamento es ley de la copropiedad. Capacite equipo administrativo, notifique a copropietarios, implemente sistemas de reporte.

Impacto específico para la cobranza de cartera

En Castro & Torres Abogados, nos especializamos en cobro de expensas morosas en Bogotá. El Decreto 768 afecta nuestros procesos de varias formas:

Fortalezas que genera

Desafíos que introduce

Por eso, una de nuestras primeras recomendaciones a clientes en mora es que actualicen su reglamento cuanto antes. Un reglamento obsoleto no solo expone a la copropiedad; también complica nuestros procesos de cobranza.

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